Los abogados dicen que la nueva ley de contratación pública reducirá los poderes discrecionales

La LCP reemplazó a la Ley de Adquisiciones y Contratos Administrativos (LACAP), que estaba vigente desde el año 2000.

El Salvador.- Los abogados Julio Ocegueda y Salvador Meléndez analizaron este viernes el impacto de la ley de contratación pública LCP, que fue aprobada el 25 de enero y entró en vigor en febrero pasado.

Uno de los objetivos es reestructurar el sistema de contratos de gestión y establecer nuevas regulaciones, así como el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones que permitan la gestión operativa de las compras gubernamentales, y la introducción de herramientas que permitan establecer medidas de auditoría y control. .

En opinión de los expertos, todo depende de si la normativa se puede aplicar de manera que proporcione los resultados esperados, agilidad, transparencia y evite la misma situación que la derogada ley LACAP.

El reglamento estipula que las agencias estatales y los contratistas pueden presentar múltiples ofertas para bienes y servicios, pero no garantiza la transparencia ya que los servicios se utilizan en emergencias. He dejado claro que no la hay. «Licitación competitiva cuando los bienes o servicios sean urgentes o necesarios para el país»dijo el abogado Julio Ocegueda.

A diferencia de la LACAP, la LCP establece la creación de la agencia de adquisiciones públicas DINAC como ente rector, mientras que la agencia anterior establecía oficinas en cada departamento y en algunos casos dejaba su aplicación al criterio de los funcionarios.

Mientras tanto, la DINAC garantiza el proceso de compra en todos los distribuidores. Además, una nueva legislación recientemente adoptada contempla sanciones administrativas y penales, incluida la inhabilitación, para los contratistas que no cumplan con las regulaciones. Estas inhabilitaciones se incorporan al registro público e impiden el empleo.

También se creará un Sistema Nacional de Contrataciones Públicas (SINAC) y una Unidad de Contrataciones Institucionales (UCP) para monitorear y rastrear todas las adquisiciones públicas.

La Ley de Contratación Pública otorga a las instituciones tres años a partir de su período de validez para presentar un certificado antisoborno y un oficial de cumplimiento para los organismos públicos. Esto permitirá a las instituciones contar con mecanismos para prevenir, detectar y responder a posibles sobornos.

Esta certificación tiene credibilidad internacional y fue propuesta y desarrollada por 38 países para garantizar la calidad de estos mecanismos. Estas prácticas ahora se están implementando con éxito a nivel internacional en instituciones públicas y privadas.

Actualmente se encuentra pendiente de promulgación de las disposiciones de la Ley.

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