El Salvador. – El martes 8 de octubre, miembros de la Comisión de Seguridad y Justicia emitieron dictamen favorable a las disposiciones transitorias para la legalización de armas de fuego, con mejoras al dictamen.
La primera enmienda realizada por los legisladores es excluir a las corporaciones de la Sección 1 de aquellas que solicitan este beneficio para registrar armas no registradas. «Las corporaciones están excluidas porque no queremos que sean explotadas por compañías armamentísticas que empiezan a comprar armas sin ninguna documentación para luego legalizarlas y venderlas». Dijo el vicepresidente Caleb Navarro.
Se han realizado modificaciones en el artículo 6. “Se agrega el requisito de que la declaración jurada esté legalizada ante notario, con una vigencia de 48 horas, y en caso de allanamiento, el beneficiario deberá ser llevado al registro de armas para su respectiva inscripción, quienes no porten el juramento. al proceso penal.
Para mayor claridad, se enumeran otras modificaciones en el artículo 5. «El Ministerio de Defensa tiene el deber de garantizar que las armas no sean objeto de actividades delictivas y tiene el poder de destruirlas si es necesario». El artículo 9 establece que esto queda excluido. “Contra quienes delinquen a través de grupos ilegales, el terrorismo y el crimen organizado”.
“Las personas que hayan sido imputadas o estén cumpliendo condena por delitos prescritos y sancionados penalmente cometidos con armas de fuego, y delitos cometidos por grupos al margen de la ley, actos terroristas y actos de extorsión.” Ya puedes leer el artículo 9 modificado.
La propuesta tiene como objetivo agilizar el proceso de legalización de armas de fuego no registradas siempre que no se utilicen para cometer un delito. Esto permitirá a los estados gestionar y registrar mejor las armas de fuego existentes.
Los legisladores que participan en el esfuerzo dicen que no se fomenta el acceso a las armas de fuego, pero que lo que se requiere es el control estatal sobre las armas de fuego. Esto se debe a que las autoridades pueden dictar sentencia si se comete un acto delictivo.
La disposición exige que las personas con armas de fuego no registradas tengan 90 días para completar el proceso de legalización.
Autoriza al Departamento de Defensa a realizar la destrucción de armas artesanales con el fin de asegurar un control efectivo por parte del Estado.
Notas relacionadas: